Almeida reprime la libertad de manifestación multando por usar megáfono de mano

Asociación Vecin@s Carabanchel alto

Hace casi un año, el 29 de marzo de 2023, tuvo lugar una manifestación para reivindicar la creación de un Centro de Memoria de la Cárcel de Carabanchel. Dicha manifestación había sido comunicada a la Delegación de Gobierno y tomada en consideración por esta institución, transcurriendo sin incidentes por la avenida de los Poblados desde el intercambiador de Aluche hasta la entrada del Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche.

Ocho meses después, el Ayuntamiento de Madrid, por medio de la Junta Municipal de Latina, comunicó a la persona que convocaba dicha manifestación el inicio de un expediente sancionador por resistencia a la autoridad, basado en el artículo 16 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana (conocida como Ley Mordaza).

El supuesto motivo: usar un megáfono de mano, de baja potencia, que no había sido previamente notificado a la Junta Municipal, lo que consideran falta grave sancionada con una multa de 601 euros.

La persona sancionada presentó un escrito de alegaciones, que la instructora no ha querido tener en cuenta, pero sin tomarse la molestia siquiera de rebatirlas. El paso siguiente ha sido la presentación de un recurso de alzada, cuyos argumentos principales son los siguientes:

— El uso de megafonía de mano y baja potencia es una práctica habitual en toda manifestación, siendo no uno sino varios los aparatos que suelen usarse para acompañar los lemas coreados. Además, resulta un instrumento imprescindible para el buen desarrollo de la manifestación, y para la lectura del comunicado final.

— En Madrid, la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica regula los niveles sonoros máximos establecidos según zonas, y las excepciones que puedan autorizarse, prohibiendo el uso de megafonía con fines publicitarios comerciales sin autorización.

• No es aplicable a las actividades de carácter político y social.

• La manifestación transcurrió por una vía en una zona sin viviendas ni apenas peatones.

• La policía no midió los decibelios por si superasen lo estipulado en la ordenanza.

• Por todo ello el uso de un megáfono de mano no tenía ningún efecto negativo desde el punto de contaminación acústica.

— Como se ha dicho, en primera instancia la propuesta de sanción se basa en una supuesta “resistencia” a la autoridad, que no ocurrió en ningún momento.

— En el segundo escrito se cambia de acusación, y justifica la sanción en una supuesta desobediencia a las órdenes de un policía municipal que avisaba que el uso del megáfono sería infracción a la ordenanza del ruido.

• Pero infringir una ordenanza no implica cometer una desobediencia a la autoridad.

• No se puede utilizar la citada Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana (o Ley Mordaza), dedicada a regular el orden público y protección de bienes y personas, pare el cumplimiento de una ordenanza municipal

— Se da la circunstancia de que en este mismo distrito de Latina se han producido dos hechos:

• El pasado domingo 18 de febrero el mismo Ayuntamiento dio explosión a 300 kilos de pólvora sin control ambiental.

• En el CIE de Aluche funciona las 24 horas un aparato sonoro fijo de megafonía, utilizado para los avisos a la población reclusa en dicho centro, que causa molestias permanentes al vecindario colindante, sin que se hayan puesto medidas para evitar dichas molestias.

Todo ello nos parece un auténtico abuso de autoridad y un atropello al derecho fundamental de la libertad de expresión y manifestación, con el objetivo de atemorizar a los ciudadanos y poner trabas al normal ejercicio de sus derechos y libertades.

Y contrasta además este afán represor hacia quienes cumplen la normativa sobre el derecho de manifestación con la permisiva actuación del alcalde de Madrid con quienes incumplen estas normas, alteran impunemente el orden público y actúan con violencia destrozando el mobiliario urbano, como hemos visto recientemente en la calle de Ferraz.

El jueves 7 de marzo, coincidiendo con la celebración de un pleno en el que intervenía un representante vecinal, se convocó una concentración frente a la sede de la Junta Municipal de Latina, que estaba apoyada por 23 asociaciones y colectivos vecinales, memorialistas y grupos municipales, en la que la Policía Municipal volvió a sancionar a la misma persona, convocante del acto, por utilizar un megáfono de mano sin autorización.

El supuesto motivo: usar un megáfono de mano, de baja potencia, que no había sido previamente notificado a la Junta Municipal, lo que consideran falta grave sancionada con una multa de 601 euros

HEMEROTECA

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